InvestigaciónDocumento
En línea
527/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito

La inmovilización de depósitos bancarios a nombre del quejoso, para garantizar un crédito fiscal, es una medida de apremio que debe ser proporcional y razonable, respetando los derechos fundamentales del gobernado.

Expediente
527/2025
Tribunal
Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Juan Manuel Díaz Nuñez
Fecha
8 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La inmovilización de depósitos bancarios a nombre del quejoso, para garantizar un crédito fiscal, es una medida de apremio que debe ser proporcional y razonable, respetando los derechos fundamentales del gobernado.

Resumen

El Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito negó el amparo a la parte quejosa en el expediente 527/2025. La resolución se centró en la legalidad de la inmovilización de depósitos bancarios para garantizar un crédito fiscal. El tribunal determinó que, si bien estas medidas son procedentes, deben ser proporcionales y no vulnerar los derechos del contribuyente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.