La aplicación de una porción normativa que sujeta a un contribuyente a una tasa impositiva específica, sin que se haya planteado su inconstitucionalidad, impide su análisis desde la perspectiva constitucional en un juicio de amparo.
En este caso, se determinó que la porción normativa aplicada a la quejosa fue el último párrafo de la fracción I del artículo 2-A de la Ley del IVA, la cual la sujeta a la tasa del 16%. La quejosa no planteó la inconstitucionalidad de esta disposición. Adicionalmente, se confirmó que no le era aplicable el supuesto previsto en el artículo 2.1 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales, respecto del cual se desechó la demanda por falta de impugnación. Estas circunstancias impiden el análisis de constitucionalidad de la norma aplicada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.