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1087/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación no ejerce la facultad de atracción para conocer de un recurso de queja contra la imposición de una multa, si la constitucionalidad y legalidad de dicha multa ya fueron analizadas previamente por el Alto Tribunal, pues el asunto ya no reviste interés y trascendencia.

Expediente
1087/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
Fecha
28 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación no ejerce la facultad de atracción para conocer de un recurso de queja contra la imposición de una multa, si la constitucionalidad y legalidad de dicha multa ya fueron analizadas previamente por el Alto Tribunal, pues el asunto ya no reviste interés y trascendencia.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó no ejercer su facultad de atracción para conocer de un recurso de queja interpuesto contra la imposición de una multa económica. La razón principal es que la cuestión de constitucionalidad y legalidad de la multa ya había sido materia de análisis por el propio Alto Tribunal en un incidente de inejecución de sentencia previo. Por lo tanto, el recurso de queja ya no cumplía con los requisitos de interés y trascendencia necesarios para justificar el ejercicio de dicha facultad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.