La negativa de devolución de cantidades por concepto de saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta, basada en el análisis de la documentación aportada por el contribuyente durante una visita domiciliaria, no constituye una inferencia sin sustento, siempre que dicho análisis permita constatar si le asiste o no el derecho subjetivo solicitado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la legalidad de la negativa de devolución de saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta. Se determina que si la autoridad fiscal, en ejercicio de sus facultades de comprobación, analiza la documentación aportada por el contribuyente durante una visita domiciliaria y concluye que no se actualiza el supuesto de excepción previsto en la ley, dicha negativa no es ilegal por basarse en inferencias sin sustento. El análisis de la documentación es precisamente para verificar el derecho del contribuyente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.