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4241/2014ConcedeJuzgadoConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México

El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, así como su reforma, son inconstitucionales cuando la sola omisión de la parte quejosa de ejercer su derecho de prueba en el procedimiento de revisión electrónica, se utiliza para exigir el pago de una preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Expediente
4241/2014
Tribunal
Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México
Ponente
Ileana Moreno Ramírez
Fecha
7 nov 2016
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, así como su reforma, son inconstitucionales cuando la sola omisión de la parte quejosa de ejercer su derecho de prueba en el procedimiento de revisión electrónica, se utiliza para exigir el pago de una preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Resumen

El Juzgado de Distrito sobresee el juicio de amparo respecto de la aplicación de diversas disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas fiscales, así como de actos de autoridades ejecutoras y legislativas. Sin embargo, niega el amparo respecto de varios artículos del Código Fiscal de la Federación, reglamentos y resoluciones misceláneas. Finalmente, concede el amparo respecto del proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación y su reforma, al considerar que la sola omisión de la quejosa de ofrecer pruebas en el procedimiento de revisión electrónica no puede dar lugar a exigir el pago de una preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.