La inhabilitación de servidores públicos, al ser una medida desproporcionada por su amplia generalidad, vulnera el derecho a la igualdad y a la no discriminación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de los artículos que establecían la inhabilitación de servidores públicos. Determinó que la porción normativa que prohibía haber sido destituido o inhabilitado, o estar sujeto a procedimiento de responsabilidad administrativa, resultaba desproporcionada y violatoria de los derechos a la igualdad y a la no discriminación, debido a su amplia generalidad.
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