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6666/2023ConcedeSCJNConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la intervención de comunicaciones, para ser válida, debe cumplir con las formalidades específicas establecidas en la Ley de Delincuencia Organizada, incluyendo la verificación ministerial de autenticidad, la realización en instalaciones adecuadas, y la ejecución por personal especializado bajo supervisión.

Expediente
6666/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
12 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la intervención de comunicaciones, para ser válida, debe cumplir con las formalidades específicas establecidas en la Ley de Delincuencia Organizada, incluyendo la verificación ministerial de autenticidad, la realización en instalaciones adecuadas, y la ejecución por personal especializado bajo supervisión.

Resumen

El caso aborda la valoración de pruebas obtenidas mediante la intervención de comunicaciones en un proceso penal por delincuencia organizada. La defensa argumentó que, a pesar de contar con autorización judicial, no se cumplieron las formalidades específicas de la Ley de Delincuencia Organizada. Se señaló la falta de constancia ministerial sobre la verificación de autenticidad, la realización de las intervenciones en instalaciones adecuadas y la ejecución por personal especializado. Adicionalmente, se cuestionó la ilicitud de declaraciones ministeriales y reconocimientos fotográficos por considerar que se contaminó el procedimiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.