La justicia de la Unión no ampara ni protege a la persona moral en contra de los actos reclamados de las autoridades.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito desechó el recurso de revisión adhesiva interpuesto por el Presidente de la República. Posteriormente, revocó la sentencia emitida por el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, y en su lugar, negó el amparo y la protección de la justicia federal a Hyundai Materials México, S. de R.L. de C.V., contra los actos reclamados.
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