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967/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La solicitud de declaración administrativa de nulidad de una patente y la demanda de caducidad de un registro marcario son procedimientos distintos que no pueden equipararse, pues versan sobre figuras jurídicas diferentes con requisitos, efectos y consecuencias propias.

Expediente
967/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
14 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La solicitud de declaración administrativa de nulidad de una patente y la demanda de caducidad de un registro marcario son procedimientos distintos que no pueden equipararse, pues versan sobre figuras jurídicas diferentes con requisitos, efectos y consecuencias propias.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la distinción entre la nulidad de una patente y la caducidad de un registro marcario. Se argumenta que la contradicción de tesis invocada, que trata sobre el interés jurídico para demandar la caducidad de una marca, no es aplicable al caso de la nulidad de una patente. Esto se debe a que ambos procedimientos tienen requisitos, efectos y consecuencias jurídicas distintas, por lo que deben ser estudiados desde perspectivas diferentes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.