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20/2026OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El incidente de nulidad de notificaciones previsto en la Ley Federal del Trabajo es el medio ordinario de defensa que debe agotarse, en observancia al principio de definitividad, contra la notificación de la sentencia definitiva, aun cuando esta se haya realizado con posterioridad al dictado del fallo, salvo que la procedencia del recurso o medio de defensa se sujete a interpretación adicional o su fundamento legal sea insuficiente.

Expediente
20/2026
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
8 jun 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El incidente de nulidad de notificaciones previsto en la Ley Federal del Trabajo es el medio ordinario de defensa que debe agotarse, en observancia al principio de definitividad, contra la notificación de la sentencia definitiva, aun cuando esta se haya realizado con posterioridad al dictado del fallo, salvo que la procedencia del recurso o medio de defensa se sujete a interpretación adicional o su fundamento legal sea insuficiente.

Resumen

La contradicción de criterios se centró en determinar si el incidente de nulidad de notificaciones en materia laboral es un medio de defensa obligatorio previo al juicio de amparo, cuando se impugna la notificación de una sentencia, incluso si esta ocurre después de dictado el fallo. El Pleno Regional resolvió que dicho incidente sí debe agotarse, conforme al principio de definitividad, interpretando los artículos 762 y 763 Bis de la Ley Federal del Trabajo, salvo en los casos de interpretación adicional o fundamento legal insuficiente del recurso.

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