La denuncia de contradicción de tesis procede cuando los criterios discrepantes provienen de órganos jurisdiccionales terminales, como los tribunales colegiados de circuito, y se refieren a un mismo problema jurídico.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de una contradicción de tesis. Se establece que la denuncia de contradicción de tesis puede ser presentada por diversos actores, incluyendo ministros, órganos colegiados y partes en los juicios, siempre que exista una discrepancia de criterios sobre un mismo tema jurídico. Se reitera el procedimiento para integrar y resolver dichas contradicciones, incluso cuando ya existe un expediente previo relacionado.
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