El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, publicado el 9 de diciembre de 2013, y su reforma del 18 de noviembre de 2015, es inconstitucional en cuanto a que la sola omisión de la parte quejosa de ejercer su derecho de prueba en el procedimiento de revisión electrónica no puede dar lugar a exigir el pago de la preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y la expedición de normas generales, pero negó el amparo contra diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, la Resolución Miscelánea Fiscal y su Reglamento. Sin embargo, concedió el amparo respecto al proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, al considerar que la sola omisión de la quejosa de ofrecer pruebas en el procedimiento de revisión electrónica no justifica el cobro de una preliquidación por la vía de apremio.
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