La exclusión de un aspirante a una magistratura, sin informarle las causas y razones que la sustentaron, así como sin evaluar sus conocimientos técnicos, contraviene el derecho de audiencia y el principio de legalidad.
El Comité de Evaluación omitió informar al aspirante las causas de su exclusión y las razones que sustentaron su decisión de no considerarlo idóneo para el cargo de Magistrado. Tampoco se le entrevistó para evaluar sus conocimientos técnicos. Esta omisión vulnera el derecho de audiencia y el principio de legalidad, al no permitir al aspirante conocer los motivos de su no selección y defenderse de ellos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.