La regla 2.3.5, fracción II, párrafo primero, de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y 2017, es inconstitucional por violar el principio de subordinación jerárquica, al imponer requisitos adicionales no previstos en la Ley Aduanera para la disminución de aprovechamientos.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de la regla 2.3.5, fracción II, párrafo primero, de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y 2017. La regla establecía requisitos adicionales, como la presentación de dictámenes mensuales por contador público, para que los concesionarios pudieran disminuir gastos en obras. La Corte determinó que dicha regla es inconstitucional por contravenir el principio de subordinación jerárquica, ya que la Ley Aduanera no contemplaba dichos requisitos adicionales para la procedencia de la disminución de aprovechamientos.
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