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263/2017TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído

Se niega el amparo, toda vez que, Son infundados los conceptos de violación, pues el Máximo Tribunal de Justicia de este país estableció en la tesis de jurisprudencia 2a./J.13/2017 (10a.) el deber de considerar que los incrementos no son generales, autorizándose únicamente para el personal operativo. La aplicación de la citada jurisprudencia no actualiza la prohibición de irretroactividad de jurisprudencia contenida en el último párrafo del artículo 217 de la Ley de Amparo, porque prevalece el principio de fuerza vinculante en razón de la distinta jerarquía constitucional del órgano que la emitió en relación con el Pleno del Vigésimo Segundo Circuito, quien había aprobado las jurisprudencias PC.XXII. J/10 A (10a.) y PC.XXII. J/9 A (10a.) superadas por el primero de los criterios en cita.

Expediente
263/2017
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Mauricio Barajas Villa
Fecha
26 oct 2017
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se niega el amparo, toda vez que, Son infundados los conceptos de violación, pues el Máximo Tribunal de Justicia de este país estableció en la tesis de jurisprudencia 2a./J.13/2017 (10a.) el deber de considerar que los incrementos no son generales, autorizándose únicamente para el personal operativo. La aplicación de la citada jurisprudencia no actualiza la prohibición de irretroactividad de jurisprudencia contenida en el último párrafo del artículo 217 de la Ley de Amparo, porque prevalece el principio de fuerza vinculante en razón de la distinta jerarquía constitucional del órgano que la emitió en relación con el Pleno del Vigésimo Segundo Circuito, quien había aprobado las jurisprudencias PC.XXII. J/10 A (10a.) y PC.XXII. J/9 A (10a.) superadas por el primero de los criterios en cita.

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