La resolución del Secretario de Agricultura y Fomento que confirma una multa impuesta por la Dirección Forestal de Caza y Pesca, por infracción a un reglamento de la Ley Forestal, no es impugnable ante el Tribunal Fiscal, al no tratarse de una sanción de naturaleza fiscal.
Se determina que las resoluciones que confirman multas impuestas por infracciones a reglamentos de la Ley Forestal, como el artículo 79 del Reglamento de la Ley Forestal, no son impugnables ante el Tribunal Fiscal. Esto se debe a que dichos ordenamientos no tienen naturaleza fiscal, haciendo manifiesta la inaplicabilidad del artículo 160 del Código Fiscal de la Federación.
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