La solicitud de ejercicio de la facultad de atracción es improcedente cuando el juicio de amparo ha sido sobreseído fuera de audiencia y dicho sobreseimiento ha causado estado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que resulta innecesario pronunciarse sobre una solicitud de ejercicio de la facultad de atracción, dado que el juicio de amparo del que deriva ya fue sobreseído por el juzgado de distrito y esta determinación ha cobrado firmeza. Por lo tanto, la solicitud de atracción se vuelve improcedente al no existir un juicio principal pendiente de resolución en el que ejercer dicha facultad.
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