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5/2019OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación debe estar precedida de un examen y discusión exhaustiva por parte de la Cámara de Diputados, conforme a las facultades constitucionales que le confiere el artículo 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Expediente
5/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
5 jul 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación debe estar precedida de un examen y discusión exhaustiva por parte de la Cámara de Diputados, conforme a las facultades constitucionales que le confiere el artículo 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019. Se reclamó la omisión de la Cámara de Diputados de realizar un examen y discusión exhaustiva de dicho presupuesto, particularmente en lo referente a las remuneraciones del Presidente de la República y de la Comisión Federal de Competencia Económica, así como un artículo transitorio específico. La Corte determinó que la aprobación del presupuesto debe cumplir con el requisito constitucional de discusión exhaustiva.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.