La procedencia y la infundad del recurso de revisión fiscal, tanto el principal como el adhesivo, se determinan conforme a las consideraciones expuestas en la sentencia.
El Tribunal Colegiado desechó el recurso de revisión fiscal principal por las razones expuestas en el considerando tercero. Posteriormente, determinó que tanto el recurso de revisión fiscal principal como el adhesivo eran procedentes pero infundados, basándose en las consideraciones expuestas en la propia sentencia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.