Las multas impuestas por infracción a leyes no tributarias no constituyen materia fiscal, por lo que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa no es competente para conocer de ellas.
El Tribunal Fiscal de la Federación no es competente para conocer de multas impuestas por infracción a leyes no tributarias. Si bien en sentido amplio los ingresos del erario son fiscales, el concepto de "materia fiscal" se restringe a la recaudación de ingresos determinados por leyes tributarias. Por lo tanto, una multa por violar una ley no tributaria no entra en esta categoría.
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