El informe de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) no constituye un acto de autoridad para efectos del juicio de amparo, al carecer de la coercibilidad y unilateralidad propias de los actos de la administración pública.
Se sobresee el juicio de amparo promovido por el contribuyente, al determinarse que el informe emitido por la PRODECON no reúne las características de un acto de autoridad. Dicho informe, si bien puede ser un antecedente o un elemento de análisis, no impone una obligación ni causa una afectación jurídica directa e inimpugnable al gobernado, requisito indispensable para la procedencia del amparo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.