La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la resolución dictada por los Tribunales Colegiados de Circuito en la segunda instancia de un amparo indirecto, en la que se resuelve sobre la caducidad, el desistimiento o la reposición del procedimiento, constituye una decisión definitiva para efectos de la procedencia del recurso de revisión.
El presente extracto se refiere a un expediente donde se discutió la naturaleza definitiva de una resolución emitida por un Tribunal Colegiado de Circuito en un amparo indirecto. La Suprema Corte, al analizar la procedencia del recurso de revisión, determinó que dichas resoluciones, al versar sobre la caducidad, desistimiento o reposición del procedimiento, son definitivas y, por lo tanto, susceptibles de ser revisadas.
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