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6785/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Las formalidades esenciales del procedimiento, en materia penal, migratoria, fiscal o administrativa, deben ser compatibles con la materia específica del asunto, sin que ello implique la supresión de las garantías mínimas que deben regir en toda actuación punitiva del Estado.

Expediente
6785/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
12 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las formalidades esenciales del procedimiento, en materia penal, migratoria, fiscal o administrativa, deben ser compatibles con la materia específica del asunto, sin que ello implique la supresión de las garantías mínimas que deben regir en toda actuación punitiva del Estado.

Resumen

El presente caso aborda la valoración de pruebas obtenidas mediante intervención de comunicaciones y declaraciones ministeriales en un proceso penal por delincuencia organizada y aprovechamiento de hidrocarburo. Se cuestiona la ilicitud de dichas pruebas por supuestas violaciones a las formalidades legales y constitucionales. La Suprema Corte analiza la interpretación del artículo 14 constitucional, particularmente las formalidades esenciales del procedimiento y las garantías mínimas aplicables en diversas ramas del derecho, incluyendo el penal, migratorio, fiscal y administrativo, para determinar la validez de las pruebas y la correcta aplicación del derecho.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.