Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se concede el amparo.
Se reclama una sentencia que reconoció la validez de una resolución en la que se confirmó una diversa determinación sobre la actualización de infracción prevista en la fracción II del artículo 231 de la Ley Federal de Derechos de Autor, la abstención de utilizar la imagen de la solicitante de la infracción y una multa.
Contra dicha determinación la quejosa hace valer en esencia que la sala omitió hacer una correcta valoración de los argumentos y medios de prueba que se ofrecieron en sede administrativa, omitiendo valorar todas las cláusulas del contrato ofrecido como prueba pues mientras utiliza unas como fundamentos para su determinación ignora a otras.
Lo que se considera fundado ya que la responsable fue omisa al contestar sus argumentos respecto a ciertas cláusulas del contrato.
Expediente
373/2025
Tribunal
Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Miguel Antonio Nuñez Valadez
Fecha
29 ene 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se concede el amparo.
Se reclama una sentencia que reconoció la validez de una resolución en la que se confirmó una diversa determinación sobre la actualización de infracción prevista en la fracción II del artículo 231 de la Ley Federal de Derechos de Autor, la abstención de utilizar la imagen de la solicitante de la infracción y una multa.
Contra dicha determinación la quejosa hace valer en esencia que la sala omitió hacer una correcta valoración de los argumentos y medios de prueba que se ofrecieron en sede administrativa, omitiendo valorar todas las cláusulas del contrato ofrecido como prueba pues mientras utiliza unas como fundamentos para su determinación ignora a otras.
Lo que se considera fundado ya que la responsable fue omisa al contestar sus argumentos respecto a ciertas cláusulas del contrato.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.