El otorgamiento de pensiones por jubilación a cargo del presupuesto del Poder Judicial de una entidad federativa, realizado por su Poder Legislativo mediante decreto, vulnera el principio de autonomía en la gestión presupuestal y la división de poderes, al no prever la transferencia de recursos suficientes ni la participación del Poder Judicial afectado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra el Congreso de esa entidad. El Poder Judicial impugnó un decreto que le imponía el pago de una pensión por jubilación a un trabajador, argumentando que violaba su autonomía presupuestal y la división de poderes al no transferírsele los recursos necesarios. La Sala determinó que el decreto sí lesionaba la independencia del Poder Judicial actor, declarando la invalidez parcial del mismo y ordenando al Congreso modificarlo para que establezca claramente quién cubrirá la pensión, ya sea el propio Congreso o asignando los recursos necesarios a otro poder, en un plazo de sesenta días.
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