La suspensión en el amparo indirecto procede cuando se solicita para el efecto de que se releve de la obligación de ingresar mensualmente la información contable a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, siempre que se cumplan los requisitos legales.
La demanda de amparo fue promovida por diversas empresas en contra de la reforma al Código Fiscal de la Federación publicada el 9 de diciembre de 2013. Las quejosas solicitaron la suspensión de los actos reclamados para ser relevadas de la obligación de ingresar mensualmente su información contable a través de la página del SAT, conforme a las modificaciones a la Miscelánea Fiscal para 2014 y 2015. El asunto llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual determinó que la suspensión procede si se cumplen los requisitos legales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.