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1239/2025ConcedeJuzgadoConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua

La suspensión definitiva de actos de ejecución, como un embargo, debe concederse para evitar la adjudicación o desposesión de un inmueble, sin paralizar el procedimiento de origen, hasta en tanto se resuelva el juicio de amparo.

Expediente
1239/2025
Tribunal
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua
Ponente
Héctor Manuel Flores Lara
Fecha
11 dic 2025
Materia
civil
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva de actos de ejecución, como un embargo, debe concederse para evitar la adjudicación o desposesión de un inmueble, sin paralizar el procedimiento de origen, hasta en tanto se resuelva el juicio de amparo.

Resumen

El juez de distrito concedió parcialmente la suspensión definitiva solicitada por el quejoso contra actos de ejecución, específicamente un embargo sobre un inmueble. Si bien negó la suspensión contra actos consumados, determinó que era procedente concederla para evitar la adjudicación o desposesión del bien, sin paralizar el procedimiento de origen. Se estableció una garantía de $20,000.00 para el tercero interesado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.