La ilegalidad de una resolución aduanera se configura cuando la autoridad considera que el régimen de importación definitiva prevalece sobre el de importación temporal, basándose en el campo de observaciones del pedimento, en lugar de los campos designados para el régimen y la clave del pedimento.
La Sala Regional en Yucatán del TFJA declaró la nulidad de una resolución aduanera que determinó la responsabilidad solidaria de una agente aduanal por la importación de azúcar. La actora argumentó que la mercancía se importó temporalmente bajo un programa IMMEX, y que la autoridad erróneamente dio prevalencia a una anotación en el campo de observaciones del pedimento, indicando importación definitiva, sobre los campos específicos de régimen y clave de pedimento que señalaban importación temporal. El tribunal consideró fundados los argumentos de la actora, declarando la nulidad de la resolución y ordenando la devolución del pago realizado.
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