InvestigaciónDocumento
En línea
TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

La acción personal de cobro derivada de un título de crédito endosado en propiedad, como un pagaré, no es una vía procesal autónoma reconocida por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por lo que su ejercicio en la vía oral mercantil es improcedente si no se actualiza alguna de las acciones cambiarias o la acción causal.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
26 sep 2022
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La acción personal de cobro derivada de un título de crédito endosado en propiedad, como un pagaré, no es una vía procesal autónoma reconocida por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por lo que su ejercicio en la vía oral mercantil es improcedente si no se actualiza alguna de las acciones cambiarias o la acción causal.

Resumen

La contradicción de tesis se centró en determinar si un endosatario en propiedad de un pagaré, cuya acción cambiaria directa ha prescrito, puede ejercer una "acción personal de cobro" en la vía oral mercantil. El Segundo Tribunal Colegiado concedió el amparo, sosteniendo que la demanda sí ejercitó una acción personal de pago y que la vía oral mercantil es procedente si se atiende a la pretensión planteada. En contraste, el Primer Tribunal Colegiado negó el amparo, argumentando que la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito solo contempla la acción cambiaria directa, la cambiaria de regreso, la causal y la de enriquecimiento ilegítimo, y no una "acción personal de cobro" autónoma. El Pleno determinó que la acción personal de cobro no es una vía reconocida y que, al no actualizarse las acciones específicas, el ejercicio en la vía oral mercantil es improcedente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.