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10/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El principio de proporcionalidad tributaria no se viola por la prohibición de utilizar la compensación civil como medio de pago del Impuesto al Valor Agregado, ni por la exigencia de que el impuesto trasladado haya sido efectivamente pagado para su acreditamiento.

Expediente
10/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
19 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El principio de proporcionalidad tributaria no se viola por la prohibición de utilizar la compensación civil como medio de pago del Impuesto al Valor Agregado, ni por la exigencia de que el impuesto trasladado haya sido efectivamente pagado para su acreditamiento.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 5º, fracción III, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que impide el acreditamiento del IVA si no ha sido efectivamente pagado, y la prohibición de la compensación civil en deudas fiscales. La Corte determinó que la prohibición de usar la compensación civil como medio de pago del IVA no viola los principios de proporcionalidad tributaria, seguridad jurídica o libertad de trabajo. Se apoyó en la jurisprudencia 2a./J. 19/2023 (11a.) que establece que la compensación civil no es un medio de pago del IVA ni da lugar a saldos a favor o acreditamientos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.