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2782/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La inconstitucionalidad de los artículos 134, fracción III, y 139 del Código Fiscal de la Federación, vigentes en 2012 y 2013, no se actualiza por la supuesta falta de precisión en la mecánica para declarar a un contribuyente como 'no localizable' y proceder a la notificación por estrados, pues dichos preceptos son claros en establecer los supuestos y el procedimiento para ello, salvaguardando los derechos de legalidad y seguridad jurídica.

Expediente
2782/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
IRVING ESPINOSA BETANZO
Fecha
15 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad de los artículos 134, fracción III, y 139 del Código Fiscal de la Federación, vigentes en 2012 y 2013, no se actualiza por la supuesta falta de precisión en la mecánica para declarar a un contribuyente como 'no localizable' y proceder a la notificación por estrados, pues dichos preceptos son claros en establecer los supuestos y el procedimiento para ello, salvaguardando los derechos de legalidad y seguridad jurídica.

Resumen

El presente caso aborda la constitucionalidad de los artículos 134, fracción III, y 139 del Código Fiscal de la Federación, vigentes en 2012 y 2013, respecto a la notificación por estrados. La quejosa argumentó que dichos artículos eran inconstitucionales por no detallar la mecánica para declarar a un contribuyente como 'no localizable'. Sin embargo, el tribunal determinó que los preceptos son claros en establecer los supuestos y el procedimiento, salvaguardando los derechos de legalidad y seguridad jurídica, por lo que se declaró infundado el argumento de inconstitucionalidad.

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