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5386/25-03-02-9NiegaTFJANiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Sinaloa

La notificación de actos administrativos que se entienden con un tercero debe contener datos objetivos que permitan concluir que se practicó en el domicilio correcto y que dicho tercero tiene un vínculo con el destinatario, sin que sea necesario recabar documentos que acrediten dicho nexo.

Expediente
5386/25-03-02-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La notificación de actos administrativos que se entienden con un tercero debe contener datos objetivos que permitan concluir que se practicó en el domicilio correcto y que dicho tercero tiene un vínculo con el destinatario, sin que sea necesario recabar documentos que acrediten dicho nexo.

Resumen

La Segunda Sala Regional en Sinaloa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió un juicio contencioso administrativo sumario. La actora impugnó la nulidad de una cédula de liquidación por diferencias en el pago de cuotas. Uno de los argumentos principales de la actora se centró en la ilegalidad de la notificación de la resolución impugnada, alegando diversas irregularidades en la diligencia. El Tribunal analizó detalladamente los artículos 134 y 137 del Código Fiscal de la Federación, así como diversas jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para determinar la validez de la notificación. Finalmente, se determinó que la notificación fue legalmente practicada, desestimando los argumentos de la actora en cuanto a la falta de circunstanciación y la dirigencia a persona indeterminada. Adicionalmente, se analizó la competencia de la autoridad emisora del acto, concluyendo que estaba debidamente fundada y motivada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.