La ratificación del desistimiento expresado mediante escrito con firma electrónica otorga certeza al consentimiento, pues el titular de la firma es responsable de su uso y la evidencia criptográfica permite apreciar el nombre de su autor y su intención, produciendo los mismos efectos que el signado ante autoridad judicial.
El presente caso aborda la validez de un desistimiento en un juicio mercantil, ratificado a través de una firma electrónica. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha ratificación es válida y otorga certeza al consentimiento. Se argumenta que el titular de la firma electrónica es responsable de su uso, y la evidencia criptográfica asociada permite verificar la identidad del firmante y su intención, equiparando sus efectos a los de una firma autógrafa ante un juez.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.