El derecho a la propia imagen y el derecho moral de integridad de un autor se actualizan por el uso no autorizado de su imagen y obra en una campaña publicitaria, independientemente de quién haya contratado o producido los materiales publicitarios.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó un amparo directo relacionado con la violación de derechos de autor y de imagen. El actor demandó a una empresa por el uso no autorizado de su imagen y una obra musical en una campaña publicitaria. Tras diversas instancias, el caso llegó a la SCJN, la cual determinó que la responsabilidad por el uso no autorizado de la imagen y obra en una campaña publicitaria recae en quien la utiliza para promocionar sus productos, sin importar si contrató o produjo directamente los materiales. Asimismo, se estableció que la interrupción de la prescripción opera incluso si el litisconsorte pasivo necesario no fue demandado inicialmente, siempre que el actor desconociera su intervención.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.