El recurso de reclamación es improcedente cuando se interpone contra un acuerdo que desecha un recurso de revisión, pues la materia de dicho medio de impugnación se constriñe al análisis de la legalidad del acuerdo de trámite, sin poder comprender cuestiones ajenas a él.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un recurso de reclamación interpuesto contra un acuerdo que desechó un recurso de revisión. La recurrente argumentó que se debió admitir su recurso de revisión, incluso si la ley indicaba que las sentencias de los tribunales colegiados en amparo indirecto no admiten recurso, alegando una excepción por tratarse de un tema de inconstitucionalidad. Sin embargo, la Corte determinó que la materia del recurso de reclamación se limita a la legalidad del acuerdo de trámite y no puede extenderse a cuestiones de fondo, confirmando el desechamiento.
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