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75/2025NiegaTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado de Apelación del Decimocuarto Circuito, con residencia en Mérida, Yucatán· tema sin holding extraído

Son infundados los agrevios porque la sentencia apelada sí contiene una motivación suficiente sobre las razones por las cuales el Tribunal de Enjuiciamiento estimó que el material probatorio producido en juicio no acreditó, más allá de toda duda razonable, los elementos del tipo penal atribuido al sentenciado.

Expediente
75/2025
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Decimocuarto Circuito, con residencia en Mérida, Yucatán
Ponente
Yazuri Aracelly Arias Raz
Fecha
15 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Tema · autorreporte del tribunal

Son infundados los agrevios porque la sentencia apelada sí contiene una motivación suficiente sobre las razones por las cuales el Tribunal de Enjuiciamiento estimó que el material probatorio producido en juicio no acreditó, más allá de toda duda razonable, los elementos del tipo penal atribuido al sentenciado.

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