La caducidad y la prescripción son figuras jurídicas distintas e independientes, cuya coexistencia en un mismo procedimiento no es incompatible.
El presente asunto versa sobre la interpretación de los plazos para la emisión de resoluciones por parte de la Auditoría Superior de la Federación y la figura de la caducidad. El quejoso argumentó que la autoridad no se pronunció dentro de los plazos legales, actualizándose la caducidad. La Corte determinó que la caducidad y la prescripción son figuras jurídicas distintas e independientes, y que la sentencia reclamada sí realizó la distinción entre ambas, declarando infundado el argumento del quejoso.
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