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87/2024SobreseeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La cesación de efectos de las normas generales impugnadas, por haber sido abrogadas o derogadas, actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 19, fracción V, de la Ley Reglamentaria de la materia, lo que conduce al sobreseimiento de la acción de inconstitucionalidad.

Expediente
87/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
2 jul 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La cesación de efectos de las normas generales impugnadas, por haber sido abrogadas o derogadas, actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 19, fracción V, de la Ley Reglamentaria de la materia, lo que conduce al sobreseimiento de la acción de inconstitucionalidad.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió sobreseer la acción de inconstitucionalidad 87/2024, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán contra diversas reformas a la Constitución Política del Estado de Yucatán y a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. La Segunda Sala determinó de oficio la improcedencia del medio de control constitucional, al actualizarse la causal de cesación de efectos de las normas impugnadas, conforme al artículo 19, fracción V, de la Ley Reglamentaria de la materia, lo cual impide el análisis de fondo.

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