La Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve, en su artículo 25, fracción VI, incisos a) y b), es constitucional y no contraviene la Ley de Amparo.
El Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito revocó la sentencia recurrida y negó el amparo solicitado por Estrella Comercializadora y Servicios, S.A. de C.V. contra el artículo 25, fracción VI, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019. El tribunal determinó que dicho precepto legal es constitucional y no viola la Ley de Amparo, al no establecer una carga desproporcionada ni violar el derecho de audiencia.
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