La omisión de formular agravios en la apelación puede ser suplida por la autoridad responsable al examinar la legalidad del fallo recurrido, cuando dicha omisión constituya una deficiencia que afecte la defensa del apelante.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la autoridad responsable, al advertir que el apelante y su defensor no expresaron agravios en el recurso de apelación, puede suplir esta deficiencia. La suplencia procede si la omisión de agravios representa una deficiencia que afecta la legalidad del fallo y la defensa del apelante, permitiendo a la autoridad examinar de oficio la legalidad de la resolución impugnada.
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