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265/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver denuncias de contradicción de criterios entre tribunales colegiados de circuito de distintas regiones, conforme a las disposiciones constitucionales y legales aplicables.

Expediente
265/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
5 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver denuncias de contradicción de criterios entre tribunales colegiados de circuito de distintas regiones, conforme a las disposiciones constitucionales y legales aplicables.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se declara competente para resolver la presente contradicción de criterios. La competencia se fundamenta en los artículos 107, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 226, fracción II, de la Ley de Amparo, así como en el Acuerdo General Plenario 1/2023. La contradicción se plantea entre tribunales colegiados de diferentes regiones, lo que justifica la intervención de la Sala.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.