Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito· tema sin holding extraído
1.- Convenio de Colaboración Administrativa, suscrito entre el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de Sinaloa. Constitucionalidad.
2.- Principio de exhaustividad.
3.- Conceptos de violación inoperantes.
4.- Exención prevista en el artículo 8°, fracción I, inciso c), de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.
Expediente
233/2015
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito
Ponente
Octavio Bolaños Valadez
Fecha
3 sep 2015
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
1.- Convenio de Colaboración Administrativa, suscrito entre el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de Sinaloa. Constitucionalidad.
2.- Principio de exhaustividad.
3.- Conceptos de violación inoperantes.
4.- Exención prevista en el artículo 8°, fracción I, inciso c), de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.