Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo· tema sin holding extraído
Se concede el amparo contra la sentencia del TFJA que sobreseyó por extemporáneo el juicio de nulidad, porque la resolución del artículo 69-B CFF se notificó por buzón a una sociedad cuyo RFC ya estaba cancelado por liquidación total del activo y mediante un correo dado de alta por el liquidador a título personal. El Tribunal estima que el buzón sólo procede para inscritos en el RFC, por lo que la notificación no sirve para computar el plazo, y ordena dictar nueva sentencia sin tener por extemporánea la demanda ni consentido el acto, continuando con el estudio de fondo.
Expediente
344/2022
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo
Ponente
Lenin Salvador Zenteno Ávila
Fecha
3 dic 2025
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se concede el amparo contra la sentencia del TFJA que sobreseyó por extemporáneo el juicio de nulidad, porque la resolución del artículo 69-B CFF se notificó por buzón a una sociedad cuyo RFC ya estaba cancelado por liquidación total del activo y mediante un correo dado de alta por el liquidador a título personal. El Tribunal estima que el buzón sólo procede para inscritos en el RFC, por lo que la notificación no sirve para computar el plazo, y ordena dictar nueva sentencia sin tener por extemporánea la demanda ni consentido el acto, continuando con el estudio de fondo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.