La notificación ilegal de un oficio de observaciones, al impedir al contribuyente ejercer su derecho de defensa y audiencia, genera la nulidad de la resolución determinante del crédito fiscal, pues la autoridad fiscal concluye extemporáneamente sus facultades de comprobación.
En un juicio de nulidad, se analizó la legalidad de la notificación de un oficio de observaciones emitido en una revisión de gabinete. La Sala determinó que la notificación fue ilegal al practicarse en un domicilio distinto al señalado por el contribuyente, lo que violó el derecho de defensa. Al ser ilegal la notificación, se consideró que la autoridad fiscal concluyó extemporáneamente sus facultades de comprobación, lo que condujo a la nulidad de la resolución que determinó el crédito fiscal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.