La determinación de un crédito fiscal por reparto de utilidades, ISR, IVA, recargos y multas, debe basarse en la comprobación de los elementos que integran la base gravable, conforme a las disposiciones legales aplicables.
El presente asunto se relaciona con la impugnación de un crédito fiscal emitido por concepto de reparto de utilidades, ISR, IVA, recargos y multas. La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la correcta aplicación de los artículos 59, fracción III del Código Fiscal de la Federación, así como los artículos 176 y 177 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 39 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se determina que la autoridad fiscal debe comprobar debidamente los elementos que conforman la base gravable para la correcta determinación del crédito fiscal.
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