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579/2022TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto· tema sin holding extraído

Niega. La valoración de las pruebas documentales por la autoridad responsable, es correcta puesto que la certificación cuestionada sí cumple con las exigencias legales debidas; asimismo, fue acertado que determinara que la omisión detectada por parte de la autoridad enjuiciada es una ilegalidad no invalidante, pues no afectó las defensas del particular ni trascendió al resultado del fallo.

Expediente
579/2022
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto
Ponente
José Gerardo Mendoza Gutiérrez
Fecha
6 oct 2023
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Niega. La valoración de las pruebas documentales por la autoridad responsable, es correcta puesto que la certificación cuestionada sí cumple con las exigencias legales debidas; asimismo, fue acertado que determinara que la omisión detectada por parte de la autoridad enjuiciada es una ilegalidad no invalidante, pues no afectó las defensas del particular ni trascendió al resultado del fallo.

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