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157/2022Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de México

El sobreseimiento procede cuando la norma reclamada no es de aplicación directa e inmediata, sino que requiere de un acto de aplicación para surtir efectos.

Expediente
157/2022
Tribunal
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de México
Ponente
Miguel Angel Burguete Garcia
Fecha
20 may 2022
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento procede cuando la norma reclamada no es de aplicación directa e inmediata, sino que requiere de un acto de aplicación para surtir efectos.

Resumen

Se sobresee el juicio de amparo promovido contra diversas fracciones del artículo 26 del Código Fiscal de la Federación, al determinarse que los preceptos impugnados no son autoaplicativos. La inconstitucionalidad de una norma requiere que esta cause un perjuicio directo al gobernado, lo cual no acontece si su aplicación depende de un acto posterior de autoridad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.