El juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación debe agotarse previamente al amparo, cuando se impugnen resoluciones que únicamente impongan multas por infracciones a disposiciones en materia de propiedad industrial, pues dicho medio de defensa permite el análisis de la legalidad de la imposición de la multa y de la infracción que la motivó.
Se establece que el juicio de nulidad es el medio de defensa idóneo y previo al amparo cuando se impugnan multas impuestas por infracciones a la Ley de Propiedad Industrial. Esto se debe a que el juicio contencioso administrativo permite analizar tanto los hechos que originaron la multa como su graduación, garantizando así la defensa del particular frente a la determinación de ilicitud o infracción por parte de la autoridad administrativa.
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