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SJF · Tesis

El juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación debe agotarse previamente al amparo, cuando se impugnen resoluciones que únicamente impongan multas por infracciones a disposiciones en materia de propiedad industrial, pues dicho medio de defensa permite el análisis de la legalidad de la imposición de la multa y de la infracción que la motivó.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 2000
Materia
fiscal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación debe agotarse previamente al amparo, cuando se impugnen resoluciones que únicamente impongan multas por infracciones a disposiciones en materia de propiedad industrial, pues dicho medio de defensa permite el análisis de la legalidad de la imposición de la multa y de la infracción que la motivó.

Resumen

Se establece que el juicio de nulidad es el medio de defensa idóneo y previo al amparo cuando se impugnan multas impuestas por infracciones a la Ley de Propiedad Industrial. Esto se debe a que el juicio contencioso administrativo permite analizar tanto los hechos que originaron la multa como su graduación, garantizando así la defensa del particular frente a la determinación de ilicitud o infracción por parte de la autoridad administrativa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.