La compensación de rendimientos o intereses pagados en exceso sobre el monto reclamado no acredita una modalidad en la forma de manejo de cuenta no pactada.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de compensar rendimientos o intereses pagados en exceso en operaciones de intermediación bursátil. Se determina que, si bien el pago de rendimientos superiores a los pactados podría dar lugar a una compensación sobre el monto reclamado, no tiene el efecto de acreditar una modalidad distinta en el manejo de la cuenta que no haya sido previamente acordada por las partes en el contrato de intermediación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.