El desechamiento de una demanda en la vía oral mercantil, por falta de infraestructura o capacitación, viola el derecho de acceso a la justicia previsto en el artículo 17 constitucional, si la prórroga para la implementación de dicha vía ha vencido.
El presente fallo aborda el desechamiento de una demanda en la vía oral mercantil por parte de un juez en Jalisco, argumentando la falta de infraestructura y capacitación necesarias para su implementación. El tribunal determina que esta decisión viola el artículo 17 constitucional, ya que la prórroga establecida para la entrada en vigor de las disposiciones del juicio oral mercantil ya había vencido. Se enfatiza que el acceso a la justicia no puede ser limitado por la inacción de las autoridades locales, y que las reformas federales deben aplicarse una vez vencido el plazo otorgado.
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